Casarse por el régimen de separación de bienes en A Coruña: lo que debes saber
Si te casas o estás pensando en casarte en A Coruña y has escuchado hablar del régimen de separación de bienes, puede que te estés preguntando qué significa y si es una opción adecuada para ti. Pues bien, vamos a desglosarlo de manera sencilla, para que entiendas qué implica, cómo puedes solicitarlo y qué ventajas o inconvenientes tiene.
¿Qué es el régimen de separación de bienes?

El régimen de separación de bienes es un acuerdo matrimonial en el que cada cónyuge conserva la propiedad y administración de sus bienes de forma independiente. En otras palabras, lo que es tuyo antes y durante el matrimonio, sigue siendo tuyo. Así de fácil. Si compras algo con tu dinero, es tuyo. Si tu pareja lo hace con su dinero, es suyo. Es un régimen que asegura que, en caso de divorcio, cada persona mantiene lo que ha adquirido.
En Galicia, como en otras partes de España, el régimen económico por defecto cuando te casas es el de gananciales. Esto significa que todo lo que se compre o gane durante el matrimonio se comparte al 50%. Sin embargo, si no te sientes cómodo con esta idea, puedes optar por la separación de bienes mediante un acuerdo previo (o posterior) llamado “capitulaciones matrimoniales”.
¿Cómo se realiza en Galicia?

En Galicia, la Ley 2/2006 de derecho civil te permite elegir el régimen económico matrimonial que mejor se ajuste a tus necesidades. Si no haces ningún acuerdo (es decir, si no firmas capitulaciones matrimoniales), te casas automáticamente bajo el régimen de gananciales. Pero si prefieres la separación de bienes, basta con formalizar un contrato ante un notario en cualquier momento antes o después de la boda.
Pasos a seguir:
Notario: Debes acudir a un notario para firmar las capitulaciones matrimoniales. Este documento especifica que te casas bajo el régimen de separación de bienes.
Registro Civil: Una vez casados, tienes un año para presentar las capitulaciones en el Registro Civil junto al acta de matrimonio. Este paso es crucial, porque hasta que no lo hagas, el régimen no será oficial frente a terceros.
¿Qué ventajas tiene la separación de bienes?
Este régimen tiene varias ventajas, dependiendo de la situación personal y profesional de cada uno:
Independencia económica: Cada persona administra sus bienes y ganancias sin tener que pedirle permiso al otro. Si tu pareja quiere vender una casa que compró con su dinero, puede hacerlo sin tu autorización, y viceversa.
Protección frente a deudas: Si uno de los cónyuges tiene deudas, el patrimonio del otro está protegido. Esto puede ser útil si alguno de los dos tiene un negocio o un trabajo de riesgo.
Facilita el divorcio: En caso de separación o divorcio, este régimen evita complicaciones, ya que no hay bienes comunes que dividir. Cada persona se queda con lo que es suyo.
¿Y si ya estoy casado bajo el régimen de gananciales?
No te preocupes, puedes cambiar el régimen de gananciales a separación de bienes en cualquier momento. El proceso es prácticamente el mismo que si lo hicieras antes de casarte. Solo tendrás que ir a un notario, firmar las capitulaciones matrimoniales y luego inscribirlas en el Registro Civil. Eso sí, ten en cuenta que este cambio solo afecta al futuro. Los bienes adquiridos durante el régimen de gananciales siguen perteneciendo a ambos, a menos que los dividan explícitamente.
¿Es la separación de bienes para todos?
Pues no necesariamente. Si uno de los cónyuges no tiene ingresos propios, porque se dedica al cuidado del hogar o de los hijos, la separación de bienes podría dejarlo en una situación de vulnerabilidad en caso de divorcio. En estos casos, el régimen de gananciales podría ofrecer mayor seguridad, ya que garantiza que los bienes obtenidos durante el matrimonio se reparten por igual.
ñPor lo tanto, antes de tomar una decisión es importante analizar la situación de ambos y, si es posible, consultar con un abogado especializado en derecho matrimonial para que te asesore sobre qué régimen es el más conveniente en tu caso.
¿Y qué pasa con las deudas?
Este es uno de los puntos más interesantes de la separación de bienes. En este régimen, cada cónyuge es responsable de sus propias deudas. Si uno de los dos adquiere una deuda, el otro no tiene que responder por ella con su patrimonio, a menos que la deuda sea de ambos. Sin embargo, los gastos comunes del matrimonio, como la hipoteca de la vivienda familiar o los gastos de los hijos, siguen siendo compartidos, pero cada uno contribuye en función de sus ingresos.
¿Qué sucede con la vivienda familiar?
Este es un tema que puede generar dudas. Si la vivienda familiar pertenece a uno solo de los cónyuges (porque la compró antes del matrimonio o con su propio dinero), sigue siendo suya, incluso en caso de separación. Pero eso no significa que el otro cónyuge se quede sin hogar. Si hay hijos menores de por medio, el juez puede otorgar el uso de la vivienda al cónyuge que tenga la custodia de los niños, sin importar quién sea el propietario.
¿Qué pasa si uno de los cónyuges fallece?
Una duda común en parejas que optan por la separación de bienes es si el cónyuge sobreviviente tendrá derecho a la pensión de viudedad. La respuesta es sí. La pensión de viudedad no está vinculada al régimen económico matrimonial, por lo que independientemente de si se elige separación de bienes o gananciales, el cónyuge sobreviviente seguirá teniendo derecho a dicha pensión.
Al final del día, casarse es mucho más que papeles y contratos. Es el comienzo de una nueva etapa en la vida, llena de amor, complicidad y momentos inolvidables. Y qué mejor manera de recordar ese día que con fotos que capturen cada emoción, cada sonrisa, cada lágrima de alegría.
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¡Te espero en tu gran día!
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